Presentación Oficina de Género

El día 5 de Septiembre del año 2.019 se creó la Oficina de Genero dependiente del Excmo. Tribunal Superior de Justicia, en cumplimiento de la Ley Micaela (27499) de capacitación obligatoria en género y violencia contra las mujeres para todas las personas que desempeñan la función pública en todos los niveles del Estado. 
 
Coordinación: Dra. Sabrina Granero 
Dirección Oficina: Avda. Pte. Néstor C. Kirchner Nº813 
 
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Pedido de una jueza a los medios

Tras cobertura de un femicidio, una jueza pide a medios que se capaciten en perspectiva de género

El hecho sucedió el año pasado en Puerto Deseado, y aunque el atacante se suicidó en el acto, la jueza de Instrucción subrogante, Jésica Hernández, dictó un fallo que advirtió sobre la estigmatización mediática a la que se sometió a la víctima.

El 11 de agosto del año pasado, las autoridades tomaron conocimiento de la aparición de dos personas sin vida en una vivienda de la localidad portuaria. Se trataba de R.B.T, una joven de 21 años y de J.C., un trabajador portuario, que tenían una relación de amistad. Se resolvió que el hecho fue un femicidio seguido de suicidio, sin embargo, durante semanas, varios portales deseadenses y provinciales, hicieron una cobertura del caso, atendiendo a las razones por las que la mujer se encontraba en ese lugar, sus condiciones de vida y si hubo o no consumo de drogas.

Recientemente, se declaró extinguida la acción penal en la causa que tramitó en el Juzgado de Instrucción y Penal Juvenil de Puerto Deseado. Sin embargo, la jueza subrogante, Jésica Hernández, estructuró su sentencia de forma tal que no quedaran dudas de lo que pasó, la crueldad a la que fue sometida la víctima y el ánimo de que se repare públicamente su imagen por respeto a la familia.

Se trató de una muerte violenta, en la que la jueza describe que R.B.T., recibió múltiples golpes de puño y “patadas”. Un femicidio, y por lo tanto su familia “tiene derecho a conocer la verdad histórica de los hechos, pues ello tiene efector reparador, ya que la condición de mujer en situación de vulnerabilidad necesita el reconocimiento del Estado y la verdad es que una forma de reparación para la misma”.

La sentencia hace mención a jurisprudencia provincial, tratados o las reglas de Brasilia sobre el acceso a la justicia de las personas en situación de vulnerabilidad a las que el Tribunal Superior de Santa Cruz adhirió mediante resolución de 26/10/2011.

Por otra parte, ante las noticias que fueron brindadas por medios de comunicación tanto locales como provinciales, “quiero exhortar a capacitarse en cómo abordar la violencia de género en su labor diaria, toda vez que no dejaron de desacreditar a la víctima, y trasladar en ella la responsabilidad de lo ocurrido, lesionando de esta manera la dignidad de R.B.T y su familia”.

De este modo, la magistrada aporta en su fallo parte del decálogo público y de sencillo acceso para cualquier comunicador y comunicadora, con algunas recomendaciones para la cobertura periodística de casos de violencia de género, entre las que se cuentan:

· Evitar detalles escabrosos de los casos porque las víctimas tienen familias y esos detalles generan mayor dolor

· No usar palabras que remitan al espectáculo como “drama”, “pasión”, “horror”, ni adjetivos de tipo “aberrante”, “monstruoso”, ya que solo

generan morbo y la espectacularización, no solo provoca “inspiración”, sino que aleja lo real de lo ficcional, y los femicidios son hechos reales.

· También se recomienda usar un lenguaje que no prejuzgue o condene a la víctima.

· Nunca usar la expresión “crimen pasional” porque da a entender que se puede matar por amor, por celos o por honor, y son formas de justificación. El uso del lenguaje que justifica la violencia es una forma de revictimización.

· Tampoco usar la historia personal de quien ha sido victima para argumentar o justificar la agresión.

· La condición sexual, física o social o económica no justifica la violencia cometida contra la víctima. Tampoco debe ser culpada con comentario tales como la ropa que usaba o que “le gustaba salir y divertirse”

· En lo posible, suprimir la posibilidad de comentarios de lectores en sitios web que no suman y suelen haber revictimizantes.

· Dejar de considerar la violencia de género como un tema o una preocupación solo de las mujeres, hay que situarla como una clara violación a los derechos humanos.

De este modo, en su parte resolutiva, Hernández exhortó mediante oficio a los medios de comunicación santacruceños a “capacitarse en cómo abordar la violencia de género en su labor diaria”.

Vale mencionar que, según datos de la Corte Suprema de Justicia, el año en el que ocurrió el femicidio de R.B.T, hubo un femicidio cada 35 horas y que el 18% de los agresores se suicidó luego de cometer el crimen.

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