Presentación Centro de Mediación

El día 31 de octubre del 2016, el Excmo. Tribunal Superior de Justicia declaró; de interés de este Poder  Judicial “la Mediación”, como método alternativo no adversarial de resolución de conflictos.

La mediación es un proceso mediante el cual las partes en un espacio confidencial, asistidas por el mediador (tercero neutral, quien facilita la comunicación), buscan soluciones mutuamente satisfactorias en un ambiente de diálogo, siendo ellos protagonistas del proceso.

Cordinación: Dra. Marcela S. Ramos

Dirección Oficina: Rawson Nº 496 - Río Gallegos

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Dirección Oficina: Mariano Moreno Nº1545 - Caleta Olivia

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Video Funcionamiento CM

 

Mediación a Distancia en la ciudad de Cmte. Luis Piedrabuena

El 9 de agosto del  cte. año, el Centro de Mediación de Río Gallegos, con los  mediadores Dra. Marcela S. Ramos y Lic. Javier Mocca, se constituyeron en la ciudad de Cmte. Luis Piedrabuena, a los fines de realizar una mediación a distancia requerida por el Centro de Mediación de Santa Rosa, provincia de La Pampa.

La misma se realizó con la intervención del mediador Dr. Mariano Nardillo de dicha provincia, en los términos de la ley de mediación prejudicial obligatoria que rige en aquella jurisdicción. Tuvo como objeto facilitar la comunicación de  las partes que residen en ciudades distantes y tratar cuestiones referidas a su hijo común de 7 años.-

Luego de una labor previa de coordinación y preparación iniciado entre los dos centros, con el trabajo conjunto de los mediadores de ambas jurisdicciones, y reunidas las  condiciones necesarias para que las partes involucradas lograran tomar contacto a fin de abordar temas vinculadas al niño, se realizó la reunión de mediación a distancia haciendo uso de la plataforma informática de videoconferencia Skype, arribando a un acuerdo sobre el régimen de comunicación paterno-filial en relación al hijo de las partes.

Esta mediación a distancia tuvo la particularidad que el Centro de Mediación de nuestra ciudad dependiente del Poder Judicial, se trasladara  al lugar de residencia de la parte permitiéndole el fácil acceso a este nuevo servicio de acceso a la justicia, que se pone a disposición de la comunidad.-

 

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