Se comunica que conforme la reglamentación aprobada por el Tribunal Superior de Justicia en el T° CCXXVI, R° 93, F° 166/168 con fecha del 30 de noviembre de 2020, toda persona podrá voluntariamente peticionar el servicio del Centro de Mediación o por derivación de las Defensorías Públicas Oficiales, en los conflictos vinculados a la responsabilidad parental (cuidado personal, alimentos, regímenes de comunicación, plan de parentalidad, autorizaciones de viaje), y liquidaciones de bienes de la comunidad, aún cuando no existiera trámite judicial iniciado.
Para acceder a este servicio de mediación prejudicial del Centro de Mediación de Río Gallegos, será necesario completar el siguiente formulario: