COMPETENCIA TERRITORIAL
Decreto Nacional N° 35.918/47
- NORTE: Partiendo del esquinero N.O. del lote 191 de la zona Norte del Río Santa Cruz, hasta el esquinero N.E. del lote 113 bis; de ahí al esquinero N.O. del 194, la línea Norte de éste; de ahí hacia el Norte hasta el esquinero el esquinero N. O. del 113. De ahí al esquinero N.E. del lote 114; luego el esquinero SO. del 110, de ahí al esquinero N.E. del 115; la línea Este de éste. Del esquinero S.E. del lote 115 hasta el esquinero N.E. del lote 120 bis; S.O.122 bis; S.E. 122 bis; N.O. 123 bis y lote 123.
- ESTE: Una línea recta del Norte a Sud desde el esquinero N.E del lote 123 último mencionado hasta el esquinero S.E. del lote 81 de la zona Sud del Rio Santa Cruz.-
- SUD: El límite Norte del Distrito Judicial de Gobernador Mayer y parte SO. del limite internacional con la República de Chile.
- OESTE: El límite internacional con la República de Chile.